Porcentaje de inasistencias


1)   Régimen de cursada presencial:

El estudiante deberá cumplir con los siguientes requerimientos:
·        Asistencia al 60%  de clases de unidades curriculares  y no menos de 80% de asistencia a prácticas de campo docente y profesional.
El incumplimiento de estos porcentajes dará como resultado la perdida de regularidad del alumno en la/s cátedra/s, debiendo recursar la misma u optar por el régimen de trayecto como alumno libre al próximo ciclo lectivo, con las particularidades de este. (Punto 2 del régimen de cursada, Estudiantes libres).
Las cantidades de inasistencias permitidas estarán en conocimiento de los alumnos, por medio de la publicación en las vías acordadas con los mismos, una vez conocido el calendario anual de la jurisdicción.
·        Aprobación de las instancias de evaluación previstas con nota mínima de 4(cuatro) puntos  para acceder a la instancia de acreditación con examen final o de 7 (siete) puntos para la promoción sin examen final.
*Los porcentajes de asistencia requeridos anteriormente podrán ser modificados si el CAI considera DEBIDAMENTE justificadas las inasistencias por razones de salud (enfermedades crónicas severas, accidentes u otras causales que impliquen internación. No serán validas por acumulación de breves dolencias), laborales y/o socioeconómicas. En los casos que sea autorizado el estudiante, deberá cumplimentar las actividades que  se le indique (de acuerdo al motivo que las originó) para regularizar su situación académica.
*El alumno dispondrá de un plazo de 72 horas hábiles para presentar la justificación que originó su inasistencia, vencido este tiempo no se tomará como certificada. La documentación presentada será archivada en el legajo del alumno para ser considerada, si correspondiere, en el momento de resolver cualquier situación que corresponda (según lo especificado en el párrafo anterior), como así también su regularidad de cursada.
*De acuerdo a la particularidad de la carrera se establece la condición de alumno Sin Actividad Física (SAF). Esta deberá ser justificada por certificación médica, caso contrario será considerada como ausente. La certificación deberá ser presentada al comienzo de la clase al profesor de la cátedra (original y fotocopia), el  docente conservará la copia y el original se archivará en el legajo del alumno, quien será el responsable de entregarla en Secretaría.
*Los alumnos que cumplan las actividades de campamento, que adeudan de años anteriores, no tendrán justificadas las inasistencias de las materias que cursen o recursen y pertenezcan a otro año distinto del campamento. (Sumaran las ausencias correspondientes).
*Los alumnos que participen en charlas, jornadas, ateneos u otro tipo de actividades prácticas que se desarrollen en el horario de sus cursadas, tendrán el ausente correspondiente salvo expresa comunicación en lo contrario por parte de la institución. Considerando además que salvo la correlatividad, el alumno puede inscribirse en las materias que considere oportuno, que también hay alumnos que recursan en las distintas comisiones, por lo tanto cuando una de estas comisiones se encontrase ausente ante el cumplimiento de algunas actividades (Ej. Encuentros deportivos, campamento, Etc.)  fuera del ámbito escolar, el alumno que no la cumpla la misma, deberá asistir a la institución en el horario de cursada, caso contrario sumara los ausentes correspondientes.




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