Información al Nivel superior actualizada al
turno de exámenes febrero/ Marzo 2021
En razón a la normativa recibida el
20/oct/2020 por parte de las autoridades Jurisdiccionales, informamos como se
ajustaran aspectos de la normativa institucional, respetando las resoluciones ,
disposiciones y comunicados de referencia: (Anexo Número: Referencia: Anexo - "Pautas para la
evaluación y la acreditación en el Nivel Superior" ANEXO I “Pautas para la
evaluación y la acreditación en el Nivel Superior” Desde el inicio de la
pandemia, se produjeron una serie de documentos orientativos para llevar
adelante las acciones de continuidad pedagógica en los Institutos de Nivel
Superior en este contexto particular. Las Direcciones con incumbencia en el
Nivel Superior han elaborado circulares técnicas atinentes a cuestiones del
Nivel. Esos documentos han sido pensados y escritos en función de diversos
propósitos: dar respuestas puntuales en la emergencia, orientar las acciones
pedagógicas y los procesos administrativos directamente relacionados con las
trayectorias estudiantiles y facilitar a los equipos directivos un marco dentro
del cual pensar y planificar en cada instituto las tareas de las dimensiones
curriculares e institucionales en su conjunto mientras continúa la situación de
ASPO y de DISPO. En este sentido, los “Lineamientos nacionales para la
regulación del sistema formador en contexto de aislamiento social preventivo
(ASPO), y distanciamiento social preventivo y obligatorio (DISPO), de la
Resolución CFE N° 373/20 y el cuerpo normativo integrado por la resolución
1872/20 y su anexo I “Evaluar en Pandemia”, presentan definiciones acerca de la
evaluación, la calificación, la acreditación y la promoción en el contexto de
pandemia de COVID-19, que son marco para contemplar una regulación
transitoria de las instituciones de nivel superior. En virtud de la
suspensión temporaria de la RESOL.
4043/09 que conforma el Régimen Académico Marco Jurisdiccional resulta
imprescindible en el contexto actual brindar una herramienta normativa que
contribuya al ordenamiento institucional propio del Nivel Superior y dar las
pautas para la evaluación y la acreditación.
1.
INGRESO Inscripción y presentación de documentación (de las y los estudiantes
egresados de Nivel Secundario en el ciclo lectivo 2019 que tengan materias por
rendir y/o constancia de título en trámite): una vez que se retome la
presencialidad en el sistema educativo, se darán 60 días hábiles para efectuar
inscripciones y presentar documentación. Para los casos en los que se hayan
obtenido las certificaciones correspondientes, las mismas podrán ser remitidas
virtualmente y tomadas como certificación válida.
2.
PERMANENCIA Y PROMOCIÓN Régimen de
cursada y requisitos para su aprobación: se valorará la trayectoria que cada
estudiante haya podido desarrollar para definir la aprobación de la cursada; no
se considerará la asistencia ni calificaciones numéricas. Las cursadas
realizadas durante el año 2020 tendrán como primera fecha de cierre el
20/11/2020, y la fecha límite para el cierre de las y los estudiantes
pendientes de aprobación (PA) que lo amerite, será el 30/04/2021. La
acreditación de las unidades curriculares se realizará con examen final y
calificación numérica. Correlatividades:
el régimen sigue vigente.
Validez de la cursada: no contabilizará para el vencimiento en los años 2020 y 2021.
Se aplicará el mismo criterio respecto de la validez de la Propuesta de Cátedra
y para la caducidad de los Diseños Curriculares.
Equivalencias:
se dejan sin efecto las fechas límite de presentación y del tratamiento de las
mismas establecidos por la RES-1639/17 en su Anexo I a fin de concretar el
pasaje de las y los estudiantes que así lo solicitarán en 2020 y 2021. Pero de
no ser reconocida y no haber cursado regularmente hasta su decisión, pasara al
ciclo lectivo próximo.
3.
EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN Las instituciones dejarán registro del Plan
Institucional de Evaluación de los Aprendizajes reformulados dentro de los
marcos normativos y las orientaciones que se han emitido desde el Nivel Central
durante el ASPO y el DISPO, y a su vez constituir una memoria de este contexto
siguiendo las pautas que se enumeran a continuación:
a.
Para la aprobación de la cursada se considerará la evaluación y el seguimiento
de la trayectoria de las y los estudiantes en el marco de la propuesta de
enseñanza priorizada y enmarcada institucionalmente. Se establece el 20/11/2020
como primera fecha de cierre y aprobación de cursada.
b.
Las y los estudiantes que hayan aprobado la cursada de la unidad curricular
podrán inscribirse a examen final. Quienes no estén en condiciones de aprobar
se considerarán como pendientes de aprobación (PA) y tendrán instancias de
acompañamiento hasta el 30 de abril de 2021, última fecha en la que deberá
definirse la cursada como APROBADA/DESAPROBADA
c.
Las y los estudiantes con vinculación débil o intermitente también se
considerarán como pendientes de aprobación y tendrán la posibilidad de realizar
un trayecto formativo complementario. El mismo está pensado como una cursada para
quienes por dificultades socio-técnicas o por haberse incorporado tardíamente
no pudieron sostener una cursada regular. El cierre del mencionado trayecto
será el 30 de abril de 2021, fecha en la que deberá definirse la cursada como
APROBADA/DESAPROBADA.
d.
Las y los estudiantes tendrán la posibilidad de acceder a la instancia de
condición de libre, aumentando el porcentaje al 30%, siempre y cuando se
hallara inscripto para la cursada del espacio curricular al inicio del ciclo
lectivo. La propuesta de evaluación de esta instancia, deberá adecuarse a la
propuesta curricular priorizada y contemplará las instancias previstas: orales
y escritas. No se incluye la condición de libres en los siguientes Espacios
Curriculares: Ateneos, Talleres, Seminarios, los Campos de Práctica Docente,
Prácticas Profesionalizantes, y para las materias de Formación en Producción
Artística o del campo especifico determinado institucionalmente.
e. Para todos los casos de examen final la
acreditación se realizará respetando la propuesta metodológica que haya
adoptado cada espacio curricular y, eventualmente, sus articulaciones.
f.
Para las prácticas docentes se establece que las experiencias y contenidos del
Campo/Espacio de la Práctica que puedan desarrollarse en la virtualidad se
registren, se reflexionen, se fundamenten y se tomen en cuenta para la
acreditación, dejando solo para la extensión de la cursada 2021 aquellas
situaciones que no puedan resolverse en este contexto. La cantidad de
practicantes y residentes en algunos lugares e instituciones exige tomar
decisiones que equilibren las mejores experiencias formativas con las
condiciones excepcionales de este tiempo, todo en el marco del derecho a la
educación superior y lo que ello supone también en términos del trabajo docente.
Considerar para todas las Unidades Curriculares con formato práctica
-incluyendo la residencia- ambas posibilidades: la de la acreditación en este
contexto virtual y, cuando la misma sea inviable en el 2020, posponer la
acreditación hasta el 30 de abril de 2021.
g. (Para
Carreras Técnicas) Para el caso de las Prácticas Profesionalizantes es
imprescindible diferenciar aquellas que en ASPO cambiaron su contexto de
desarrollo, de aquellas que deberán abordarse en la presencialidad, por
ejemplo: prácticas en centros de salud, prácticas que requieran contacto
directo entre personas, algunas prácticas de sectores como gastronomía y
turismo, educación artística, etc. En este sentido cada equipo docente deberá
identificar las prácticas que podrán desarrollarse en la virtualidad, en
generar los espacios para ello o continuar en este proceso quienes ya lo vienen
desarrollando en el primer semestre. Por otra parte, deberán identificarse
aquellas prácticas que sólo pueden desarrollarse en la presencialidad y para los
estudiantes de los 1°, 2° o 3° años (según sean carreras de 3 o 4 años)
re-planificar su desarrollo para los años siguientes de la trayectoria
estudiantil, intensificando la práctica en los años sucesivos para los
estudiantes de los 3° o 4° (según sean carreras de 3 o 4 años) y especificar la
cantidad total de horas que deberán ser desarrolladas en cuanto puedan
retomarse las actividades educativas presenciales según protocolos vigentes en
la jurisdicción y el sector profesional del que se trate. A su vez, para todos
los casos se recomienda generar espacios de actividades preliminares que
permitan avanzar en el desarrollo de las capacidades específicas y sostengan el
vínculo del estudiante con las problemáticas propias del campo profesional.
h.
En las mesas correspondientes al turno noviembre/diciembre de 2020 y
febrero/marzo 2021 se habilita la realización de un solo llamado debido a la complejidad de las acciones de cierre
de año, (en razón del número de inscriptos podrá desdoblarse y
conformase dos etapas evaluativas) para el acompañamiento a las trayectorias
estudiantiles y la organización de las instancias de mesas de exámenes en sus
distintas modalidades. Para las y los estudiantes próximos a titularse podrán ofrecerse
hasta 10 mesas extraordinarias (Alumnos de cohorte 2017 o anteriores que adeuden solo materias del cuarto año, según definición institucional y mediando solicitud previa a
notasdireccion@gmail.com). Se analizaran dichas solicitudes
que respondan a acotadas diferencia en
el numero de materias autorizadas y se
reitera pertenecientes solo al cuarto año de cursadas en cohortes previas o
2020.
El
resto del alumnado, podrá inscribirse hasta 6(seis) materias en el turno
Febrero/ Marzo y que no figuren P.A. (Pendientes de Acreditación) en la cursada 2020, dado que en esos casos su
cierre de ciclo/cursada, finaliza al 30 de abril 2021.
No
se incluirá en el cálculo de cantidad de materias la firma de práctica, a
excepción de Práctica Docente de
Primer año.
Se
publicara en blog la parrilla de mesas que contará con una Etapa de mesas
extraordinarias, llamado para alumnos libres y dos etapas de desdoblamiento por
matricula numerosa. Los alumnos podrán inscribirse en ellas según cursadas
aprobadas, correlativas, no ser pendiente de acreditación (PA) (Cursada
2020), respetando comisiones y turnos.
Los
alumnos que se han incorporado a la institución por pase y cumplimentaron la
documentación correspondiente estarán habilitados a rendir exámenes caso contrario hasta
completar dicha documentación no podrán hacerlo.
En
virtud de la continuidad pedagógica 20/21 y que se demorara la aprobación en determinados
casos en práctica docente y otras materias correlativas, la firma de práctica
docente se pospondrá para el cierre del ciclo en abril 2021.
No
podrán rendir examen los alumnos que no hallan enviado el mail de
consentimiento y aceptación 72 horas
previas a la fecha del mismo.
Dada
la posibilidad que el número de inscriptos a cada etapa sea elevado y el día de
realización de la mesa se encuentren todos presentas, el docente podrá
nuevamente, desdoblar la mesa con el propósito de llevar a cabo una evaluación
correcta y confiable en consideración del contexto preexistente.
Los
alumnos que adeuden materias del nivel secundario y aun no normalizaron esa
situación no podrán presentarse a rendir finales hasta tanto no se regularice
dicha situación. En el caso de cerrar el ciclo lectivo y aun no finalizaron el
nivel secundario, bajaran de la cursada del nivel superior.